viernes 14 febrero, 2025

Pliego de condiciones Cafetería del Santuario de Cortes
  • Denominación del establecimiento: Cafetería-Restaurante. 
  • Instalaciones y espacios: El establecimiento cuenta con unas instalaciones acordes a la normativa vigente respecto a espacios de hostelería. Cuenta con:
    • Sala-Comedor de 45 metros cuadrados. Ventanas con aislamiento de Cristal.
    • Cocina completamente equipada con una superficie de 29metros cuadrados.
    • Aseos independientes para la clientela.
    • Zona-cafetería: barra de 16,5 metros, sala bar de 48 metros cuadrados.
    • Accesos adaptados a dificultades de movilidad desde el interior (patio del Santuario) y desde el exterior del Santuario.
    • Climatización independiente.
    • Zona de almacenamiento y Aseo personal.  
  • Finalidad: Garantizar el servicio de restauración orientado a los visitantes y peregrinos del Santuario manteniendo unos estándares adecuados en cuanto a calidad, precio y servicio. 
  • Servicio a Ofrecer: Servicio de Restauración y Comidas. 
  • Horario de apertura: La Cafetería-Restaurante debe tener un horario de apertura mínimo que permita darle un Servicio a los visitantes del Santuario según los siguientes criterios:
    • Apertura de la cafetería a las 8:00 AM, hora de apertura del Santuario.
    • Cierre de la Cafetería como mínimo hasta la hora de cierre del Santuario, 19:00 PM horas en invierno, 20:00 PM en el resto del año; el horario máximo de apertura será hasta las 00:00 horas, a criterio del arrendatario, hasta la hora de cierre del Santuario con el acceso interior abierto, a partir del cierre del Santuario, solo mediante el acceso exterior. La terraza tanto interior como exterior mantendrá los mismos criterios de apertura que la zona interior.
  • Uso del Comedor: A total disposición del arrendatario. 
  • Uso del merendero: Anexo al Santuario existe un espacio de merendero público al aire libre:
    • El merendero está dispuesto para el uso del público libremente y así está indicado. Este espacio no entra en el contrato de arrendamiento del Servicio del presente pliego.
    • El espacio está disponible para solicitar reservarlo para la realización de eventos sin costes ni cargas, también para el arrendatario de la cafetería. Para ello se debe pedir con la debida antelación, haciéndose responsable el solicitante del adecuado mantenimiento y limpieza del lugar y las dependencias anexas, reparando los posibles desperfectos ocasionados y haciéndose cargo de las posibles responsabilidades derivadas durante la celebración y preparación del evento.
  • Terraza Interior/exterior: Se trata de un espació al aire libre anexo a la cafetería con espacio delimitado y no revasable. 
  • Celebración de eventos: El arrendatario puede concertar la atención a grupos y la celebración de eventos bajo las siguientes condiciones:
    • No dificultar o entorpecer en medida alguna los actos ordinarios propios y oficiales del Santuario ni la libre movilidad de los visitantes y peregrinos del mismo.
    • El número de asistentes máximos a esos eventos no superará en ningun caso el aforo máximo marcado por la autoridad pública en los espacios gestionados por el arrendatario.
  • Equipamientos: El arrendatario podrá utilizar el equipamiento con el que cuentan las instalaciones de la Cafetería-Restaurante, Comedor, bar, cocina, aseos para ofrecer el Servicio de restauración que corresponde a este Pliego únicamente en las instalaciones arrendadas. Cualquier otro equipo que precise será provisto por su propia cuenta y coste. Todos los aparatos y dispositivos que se añadan a criterio del arrendatario a las instalaciones de la Cafetería-Restaurante deberán estar debidamente homologados y cumplir con la normativa de Seguridad y Servicio vigente. 
  • Energía, agua…:
    • El arrendatario recibirá los suministros necesarios de electricidad, agua y combustible para calefacción en las condiciones que la ley establece para esta categoría de establecimiento.
    • Los gastos directamente relacionados con el consumo de estos conceptos, tanto el relativo al caudal de suministro (la cafetería-restaurante cuenta con contadores propios), como los derivados de su uso (desperfectos y reparaciones) correrán a cargo del arrendatario. 
  • Condiciones:
  • Presentar currículo.
  • Elaborar una hoja de servicios a presentar en el bar cafetería.
  • Condiciones económicas a convenir. 
  • Subarrendamiento y/o cesión: No se permite cualquier subarriendo ni cesión, tanto total como en parte sin el consentimiento por escrito de la parte arrendadora. 
  • Obras y mejoras: Cualquier intervención de obra o de mejora de las instalaciones deberá contar con el consentimiento por escrito de la parte arrendadora. 
  • Extras: En la valoración de las candidaturas se tendrá en cuenta y se valorará los servicios que los candidatos ofrezcan. 

Contactos: ARTURO GARRIDO, Calle mayor. Teléfono 686 05 34 80.

                     RAMON SANCHEZ, Paseo de S. Francisco. Teléfono 6767 24 54 20

Pliego de condiciones Cafetería del Santuario de Cortes

Publicado: viernes 14 febrero, 2025

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  • Denominación del establecimiento: Cafetería-Restaurante. 
  • Instalaciones y espacios: El establecimiento cuenta con unas instalaciones acordes a la normativa vigente respecto a espacios de hostelería. Cuenta con:
    • Sala-Comedor de 45 metros cuadrados. Ventanas con aislamiento de Cristal.
    • Cocina completamente equipada con una superficie de 29metros cuadrados.
    • Aseos independientes para la clientela.
    • Zona-cafetería: barra de 16,5 metros, sala bar de 48 metros cuadrados.
    • Accesos adaptados a dificultades de movilidad desde el interior (patio del Santuario) y desde el exterior del Santuario.
    • Climatización independiente.
    • Zona de almacenamiento y Aseo personal.  
  • Finalidad: Garantizar el servicio de restauración orientado a los visitantes y peregrinos del Santuario manteniendo unos estándares adecuados en cuanto a calidad, precio y servicio. 
  • Servicio a Ofrecer: Servicio de Restauración y Comidas. 
  • Horario de apertura: La Cafetería-Restaurante debe tener un horario de apertura mínimo que permita darle un Servicio a los visitantes del Santuario según los siguientes criterios:
    • Apertura de la cafetería a las 8:00 AM, hora de apertura del Santuario.
    • Cierre de la Cafetería como mínimo hasta la hora de cierre del Santuario, 19:00 PM horas en invierno, 20:00 PM en el resto del año; el horario máximo de apertura será hasta las 00:00 horas, a criterio del arrendatario, hasta la hora de cierre del Santuario con el acceso interior abierto, a partir del cierre del Santuario, solo mediante el acceso exterior. La terraza tanto interior como exterior mantendrá los mismos criterios de apertura que la zona interior.
  • Uso del Comedor: A total disposición del arrendatario. 
  • Uso del merendero: Anexo al Santuario existe un espacio de merendero público al aire libre:
    • El merendero está dispuesto para el uso del público libremente y así está indicado. Este espacio no entra en el contrato de arrendamiento del Servicio del presente pliego.
    • El espacio está disponible para solicitar reservarlo para la realización de eventos sin costes ni cargas, también para el arrendatario de la cafetería. Para ello se debe pedir con la debida antelación, haciéndose responsable el solicitante del adecuado mantenimiento y limpieza del lugar y las dependencias anexas, reparando los posibles desperfectos ocasionados y haciéndose cargo de las posibles responsabilidades derivadas durante la celebración y preparación del evento.
  • Terraza Interior/exterior: Se trata de un espació al aire libre anexo a la cafetería con espacio delimitado y no revasable. 
  • Celebración de eventos: El arrendatario puede concertar la atención a grupos y la celebración de eventos bajo las siguientes condiciones:
    • No dificultar o entorpecer en medida alguna los actos ordinarios propios y oficiales del Santuario ni la libre movilidad de los visitantes y peregrinos del mismo.
    • El número de asistentes máximos a esos eventos no superará en ningun caso el aforo máximo marcado por la autoridad pública en los espacios gestionados por el arrendatario.
  • Equipamientos: El arrendatario podrá utilizar el equipamiento con el que cuentan las instalaciones de la Cafetería-Restaurante, Comedor, bar, cocina, aseos para ofrecer el Servicio de restauración que corresponde a este Pliego únicamente en las instalaciones arrendadas. Cualquier otro equipo que precise será provisto por su propia cuenta y coste. Todos los aparatos y dispositivos que se añadan a criterio del arrendatario a las instalaciones de la Cafetería-Restaurante deberán estar debidamente homologados y cumplir con la normativa de Seguridad y Servicio vigente. 
  • Energía, agua…:
    • El arrendatario recibirá los suministros necesarios de electricidad, agua y combustible para calefacción en las condiciones que la ley establece para esta categoría de establecimiento.
    • Los gastos directamente relacionados con el consumo de estos conceptos, tanto el relativo al caudal de suministro (la cafetería-restaurante cuenta con contadores propios), como los derivados de su uso (desperfectos y reparaciones) correrán a cargo del arrendatario. 
  • Condiciones:
  • Presentar currículo.
  • Elaborar una hoja de servicios a presentar en el bar cafetería.
  • Condiciones económicas a convenir. 
  • Subarrendamiento y/o cesión: No se permite cualquier subarriendo ni cesión, tanto total como en parte sin el consentimiento por escrito de la parte arrendadora. 
  • Obras y mejoras: Cualquier intervención de obra o de mejora de las instalaciones deberá contar con el consentimiento por escrito de la parte arrendadora. 
  • Extras: En la valoración de las candidaturas se tendrá en cuenta y se valorará los servicios que los candidatos ofrezcan. 

Contactos: ARTURO GARRIDO, Calle mayor. Teléfono 686 05 34 80.

                     RAMON SANCHEZ, Paseo de S. Francisco. Teléfono 6767 24 54 20